miércoles, 27 de enero de 2021

Así, sin más

Hay días en los que tras ver la tele, mirar los periódicos o escuchar la radio, cualquiera que pueda hacerlo, se pregunta qué hace aquí en vez de estar viviendo en otro sitio. Y es que quién pueda hacer eso, razones no le va a faltar provenientes desde cualquier color político de este país conocido como España, porque de alguna manera hay que llamarlo. Como saben ustedes y sino se lo recuerdo yo, en España no hay monumento al sinvergüenza desconocido porque aquí los conocemos a todos. Un infeliz país donde la gente puede verse obligada a cerrar tienda o negocio por equivocarse en su gestión, pero donde ningún banco ni banquero, ni político, que llevan años equivocándose en la gestión irresponsable de un dinero que ni siquiera es suyo, pagan el precio de sus errores. Nunca. Y ahora, todo lo anterior se lo pueden aplicar a la vivienda que una persona puede tener en su lugar de veraneo o en la ciudad misma donde vive, o en su casa habitual, ya que la ley ha dejado de amparar a los propietarios para darle todos los privilegios habidos y por haber al movimiento okupa, o a las mafias que se dedican a este tema en particular, que las hay. Como ya sabrán ustedes, en diciembre del año pasado, el gobierno publicó en el BOE, un Real Decreto Ley sobre este tema tan espinoso. Pero, fíjese usted señora, que el Gobierno prohíbe echar a okupas (entiéndase también a las mafias que controlan todo este cotarro) si la entrada en la vivienda se produce sin intimidación o violencia. O sea, dicho en castellano de Burgos, que pueden entrar en su vivienda siempre que les dé la gana, mientras usted no esté en ella para defenderla en ella, cosa que seguramente tendrán planeada para que así sea y les salga el plan redondo y perfecto. De sorpresa, el Gobierno ha modificado la norma aprobada en diciembre que permitía el lanzamiento en todos los casos en los que hubiese delito, para matizar que no se podrá expulsar a los okupas de una vivienda cuando la entrada en la misma se haya producido sin intimidación o violencia. Así, en la nueva redacción, introducida a través de un decreto ley de protección a los consumidores vulnerables, se establece que solo se permitirá el lanzamiento cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas. Un matiz un tanto sutil, pero que hace que los okupas y las mafias puedan entrar sin más. Y así queda recogido en el BOE del Real Decreto Ley de protección a los consumidores vulnerables que introduce este cambio con respecto a la modificación aprobada en diciembre del Real Decreto Ley de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. Ahora entiendo, por qué el vicepresidente del gobierno, la ministra de Igual-Dá tienen siempre Guardias Civiles en su puerta, y es para evitar estas cosas. España, año 2021. Mientras aquí estoy, viendo pasar la vida. 

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