domingo, 11 de junio de 2017

A tutti plen

Voy como cada mañana a desayunar al bar de mi amigo Pacorro. Se lo pueden tomar como una chulería por mi parte como otra cualquiera. El caso es que me gusta ese bar, ya que es uno de eso bares de toda la vida, como dios manda, con sus albañiles, sus moscas y sus borrachos de plantilla. 
Pero tiene una particularidad, que compra la prensa y además tiene wifi para sus parroquianos más tecnológicos. Pues bien, en un periódico digitales, me encontré de sopetón con esta noticia que me dejó patidefuá pese al escaso margen de sorpresa que a uno le deja ser súbdito español. Ésta decía así: “EL BANCO DE ESPAÑA SE GASTA 1’1M DE € PÚBLICOS EN LA CASA DE VERANEO DE CIENTOS DE TRABAJADORES”. Vaya, pensé yo. 
Como no puede ser de otra manera, me fui enflechado al curro. Encendí el ordenata y consulté, goteante el colmillo el pliego de condiciones para esa contratación. Efectivamente, ahí estaba. Lo que me llamo más la atención, es las viviendas tienen que estar por supuesto en las costas españolas pero además tener una serie de criterios como por ejemplo, buenas vistas, nada de obras alrededor para velar por el descanso del guerrero en época estival y una televisión como mínimo de 22 pulgadas. Luis María Linde cuida de sus empleados, aunque luego no se les haga caso con los informes que tramitan, como por ejemplo con lo del caso Bankia. 
Una cosa está clara, currar en el banco de España es un chollo, por lo menos para disfrutar de las vacaciones, como pueden ver ustedes anteriormente. 
Pero este plus social, porque de alguna manera hay que llamar a este chollo, es fruto de la negociación colectiva con los sindicatos (no se rían por dios, en España todavía existen estos parásitos sociales aunque ustedes no los vean ni por erro televisivo). Ya nos gustaría al resto de los trabajadores que estos vividores de pacotilla conocidos como sindicatos, obtuvieran los mismos resultados en otras negociaciones o se implicaran más en las mismas. 
Pero el pliego de condiciones no se queda sólo en lo de la situación de la vivienda. Que va. Las viviendas tienen que tener ascensor si tienen más de tres alturas, se exige también en el pliego de condiciones que las viviendas deben de tener ropa de cama y de cocina. Ésta debe de ser con gas natural o eléctrica, así como con frigorífico, calentador de agua caliente, microondas, exprimidor, tostador y cafetera. Todo un chollo como se puede apreciar. 
Todo esto pagado de nuestros impuestos, como no podía ser de otra manera. Ya hay empresas pujando por este goloso contrato público, y que seguramente tendrá su lado oscuro que dentro de unos años, la UCO descubrirá, porque cabe recordar que no hay sopa Hispana sin pelo dentro, y el trapicheo es una manera de entender la vida en este pintoresco lugar llamado España, porque de alguna manera hay que llamarlo. Y porque estamos curados de espanto, pues ya se verá con el tiempo. Ojala me equivoque, pero no voy mal encaminado.Mientras aquí estoy, viendo pasar la vida.

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domingo, 4 de junio de 2017

Negocio a la vista

Como cada mañana voy a desayunar al bar de mi amigo Pacorro. Se lo pueden tomar como una chulería por mi parte como otra cualquiera. El colega compra los periódicos nacionales para que sus parroquianos y los que no lo son, lean un poco aunque esto suponga echar la pota. 
Pues bien, en uno de esos periódicos, me encontré con una noticia bastante agradable, teniendo en cuenta como está el panorama en este país de pandereta conocido como España, porque de alguna manera hay que llamarlo. Pues bien, la noticia decía así: “EL TRIBUNAL SUPREMO PROHÍBE DESAHUCIAR EN MADRID A INQUILINOS CON BAJOS INGRESOS”. Muy bien por el tribunal. El fallo unifica la doctrina sobre la base de que el criterio correcto es el aplicado por un juzgado que negó a la EMV de Madrid el derecho a desahuciar a su inquilino.
La Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid no puede desahuciar a inquilinos con ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional anual que no tengan otra casa, según ha fallado el Tribunal Supremo. 
La Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) de Madrid instó a un inquilino de una casa suya, situada en una promoción del barrio de Sanchinarro, a abandonarla o enfrentarse al desahucio obligado, porque había expirado el plazo de su contrato. Sin embargo, los jueces han establecido que el contrato proponía criterios contradictorios entre sí. 
De este modo, una de las cláusulas del contrato, firmado el 20 de junio de 2005, señalaba que el acuerdo tenía una duración de dos años, prorrogables o no. Prorrogar el contrato quedaba abierto a la decisión de cualquiera de las partes, siempre que avisara con antelación suficiente. Sin embargo, otra de las cláusulas del contrato remitía a que las partes podrían dar por terminado el contrato solamente cuando las leyes lo permitan. Y ahora resulta que la EMV no puede desahuciar. 
Claro, viviendo en España como vivo, ya me puedo imaginar lo que está sentencia va a traer consigo, que la pillería española se multiplique por doquier en este tipo de viviendas, con lo cual el ayuntamiento dejará de hacerlas para así esquivar las posibles sentencias a las que se pueda enfrentar. 
Ya veo el panorama. Una persona que cumple los requisitos se queda con una casa de la EMV. A partir de cierta fecha la alquila a inquilinos que pagan religiosamente. Por supuesto la cantidad de inquilinos da igual, ya que el negocio está en meter a muchos en ese piso de la EMV para así ganar más pasta. ¿Ven el negocio?, pues ahora con esta sentencia verdes las han segao. España, no se puede pedir más. Mientras aquí estoy, viendo pasar la vida. 

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