domingo, 4 de junio de 2017

Negocio a la vista

Como cada mañana voy a desayunar al bar de mi amigo Pacorro. Se lo pueden tomar como una chulería por mi parte como otra cualquiera. El colega compra los periódicos nacionales para que sus parroquianos y los que no lo son, lean un poco aunque esto suponga echar la pota. 
Pues bien, en uno de esos periódicos, me encontré con una noticia bastante agradable, teniendo en cuenta como está el panorama en este país de pandereta conocido como España, porque de alguna manera hay que llamarlo. Pues bien, la noticia decía así: “EL TRIBUNAL SUPREMO PROHÍBE DESAHUCIAR EN MADRID A INQUILINOS CON BAJOS INGRESOS”. Muy bien por el tribunal. El fallo unifica la doctrina sobre la base de que el criterio correcto es el aplicado por un juzgado que negó a la EMV de Madrid el derecho a desahuciar a su inquilino.
La Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid no puede desahuciar a inquilinos con ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional anual que no tengan otra casa, según ha fallado el Tribunal Supremo. 
La Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) de Madrid instó a un inquilino de una casa suya, situada en una promoción del barrio de Sanchinarro, a abandonarla o enfrentarse al desahucio obligado, porque había expirado el plazo de su contrato. Sin embargo, los jueces han establecido que el contrato proponía criterios contradictorios entre sí. 
De este modo, una de las cláusulas del contrato, firmado el 20 de junio de 2005, señalaba que el acuerdo tenía una duración de dos años, prorrogables o no. Prorrogar el contrato quedaba abierto a la decisión de cualquiera de las partes, siempre que avisara con antelación suficiente. Sin embargo, otra de las cláusulas del contrato remitía a que las partes podrían dar por terminado el contrato solamente cuando las leyes lo permitan. Y ahora resulta que la EMV no puede desahuciar. 
Claro, viviendo en España como vivo, ya me puedo imaginar lo que está sentencia va a traer consigo, que la pillería española se multiplique por doquier en este tipo de viviendas, con lo cual el ayuntamiento dejará de hacerlas para así esquivar las posibles sentencias a las que se pueda enfrentar. 
Ya veo el panorama. Una persona que cumple los requisitos se queda con una casa de la EMV. A partir de cierta fecha la alquila a inquilinos que pagan religiosamente. Por supuesto la cantidad de inquilinos da igual, ya que el negocio está en meter a muchos en ese piso de la EMV para así ganar más pasta. ¿Ven el negocio?, pues ahora con esta sentencia verdes las han segao. España, no se puede pedir más. Mientras aquí estoy, viendo pasar la vida. 

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